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Historia
El 29 de
septiembre de 1979, un grupo de profesionales de la rama judicial con alto
espíritu y sentido por el trabajo en equipo, tomó la decisión de crear una
cooperativa multiactiva de aporte y crédito, a la que llamaron
Coojurisdiccional, con el propósito de ofrecer a los empleados y sus familias
bienestar, seguridad y progreso.
Coojurisdiccional
inicialmente prestó servicios de recreación sin unidad de empresa pero a partir
de 1996 comenzó con unidad de propósito y dirección y en 1998 cambió su razón
social por el nombre de Juriscoop. En 2003 inició con la captación de ahorros y
ya al año siguiente se estructuró como Grupo Empresarial.
A partir de
2006 inició el proceso de escición de la sección de ahorro y crédito y en 2008
se le otorgó la licencia de funcionamiento como cooperativa financiera.
Hoy, 34 años
después, esa cooperativa es un Grupo Empresarial llamado Juriscoop y está
conformado por seis empresas: Cooperativa Juriscoop como matriz; Financiera
Juriscoop; Juristours, agencia de viajes, Hotel Casa Grande, ubicado en Santa
Marta; Fundación Progreso Solidario y Services & Consulting. El Grupo Empresarial
Juriscoop, a través de sus diversas filiales está presente en varias zonas del
país que cubren la mayoría del territorio nacional.
Dentro de su
filosofía enfocada hacia la cultura del servicio se propone, estratégicamente,
fortalecerse y estar dentro de los tres primeros grupos del sector cooperativo.
Su derrotero recoge la voluntad de la base social, sus intereses y deseos como
en las grandes familias, porque eso es el Grupo Empresarial Juriscoop, una gran
familia, donde todos participan democráticamente para la toma de decisiones.
Es así como
los asociados y sus familias tienen hoy un Grupo Empresarial comprometido con
el país, con los sueños y el bienestar de cada uno. Un Grupo que quiere crecer
y estar presente en la vida de todos, un Grupo que quiere servir a los
propósitos de cada individuo y ser parte de esta gran familia.
¿Cómo funciona?
En el Artículo
88 del Estatuto de Juriscoop, los Órganos de Administración de la
Cooperativa estará a cargo de:
· - La Asamblea General de Asociados
o de Delegados.
- El Consejo de Administración.
- Los Representantes Legales.
La Asamblea General y el Consejo de Administración podrán crear los Comités que consideren necesarios de acuerdo con el Estatuto y la legislación cooperativa, determinando su constitución e integración.
Así mismo, el Artículo 89 hace explícito que la Asamblea General es el órgano máximo de administración de la Cooperativa y sus decisiones son obligatorias para todos los asociados, siempre que se hayan adoptado de conformidad con las normas legales, reglamentarias o estatutarias. La Asamblea General la constituye la reunión de los asociados hábiles o de los delegados hábiles elegidos por los asociados y podrá celebrarse en el domicilio principal de la Cooperativa o en cualquier ciudad del país.
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